Datos sensibles y biométricos en Chile
Los datos sensibles y biométricos son la categoría reforzada de la Ley 21.719: incluye los rasgos faciales y exige consentimiento expreso para tratarlos.
Los datos sensibles son la categoría de datos personales que la Ley 21.719 protege con reglas reforzadas, y los datos biométricos forman parte de ella por el artículo 2, letra g. Una foto de rostro pasa a ser dato biométrico cuando un sistema la procesa para identificar a la persona; tratarla exige consentimiento expreso.
| Dato | Detalle |
|---|---|
| Categoría | Datos personales sensibles, definidos en el artículo 2, letra g, de la Ley 21.719 |
| Qué incluye | Origen étnico o racial, afiliación política o sindical, situación socioeconómica, convicciones, creencias, salud, perfil biológico, datos biométricos, vida sexual, orientación sexual e identidad de género |
| Dato biométrico | Obtenido «a partir de un tratamiento técnico específico» y que permite o confirma la identificación única de una persona (artículo 16 ter) |
| Ejemplos que cita la ley | Huella digital, iris, rasgos de la mano o faciales, voz |
| Base de tratamiento | Consentimiento expreso del titular, «libre, informado y específico» (artículo 12), salvo excepciones legales tasadas |
| Foto de rostro | Dato personal si identifica a alguien; dato biométrico si un sistema la procesa para reconocer o confirmar su identidad |
| Vigencia | 1 de diciembre de 2026; hasta entonces rige la Ley 19.628 (1999) |
| Autoridad | Agencia de Protección de Datos Personales, creada por la misma ley |
| Texto oficial | Ley Chile (Biblioteca del Congreso Nacional), idNorma 1209272 |
La lista de datos sensibles y la definición de dato biométrico provienen del texto oficial; la fecha de vigencia sale de las disposiciones transitorias. Revisamos ambas en cada actualización de esta entrada.
Qué son los datos sensibles
La Ley 21.719 define los datos personales sensibles como los que se refieren a las características físicas o morales de una persona, o a hechos y circunstancias de su vida privada o intimidad. La lista del artículo 2, letra g, usa la fórmula «tales como» y añade categorías que la Ley 19.628 no nombraba: el perfil biológico, los datos biométricos y la identidad de género.
La consecuencia práctica es una regla de tratamiento más exigente. Para un dato personal común basta una base legal entre varias; para un dato sensible la regla general es el consentimiento expreso, y las excepciones son las que la propia ley enumera. Quien trata datos sensibles también debe informar con más detalle y responder con más rapidez a los derechos del titular.
Qué convierte una foto en dato biométrico
El artículo 16 ter define los datos biométricos como los obtenidos «a partir de un tratamiento técnico específico, relativos a las características físicas, fisiológicas o conductuales de una persona que permitan o confirmen la identificación única de ella». La clave está en el tratamiento: una foto guardada en un celular es un dato personal; la misma foto pasada por un sistema que extrae los rasgos faciales para reconocer a la persona es un dato biométrico.
Las herramientas de esta categoría trabajan justo sobre ese umbral. Reciben una foto, detectan el cuerpo y el rostro y generan una imagen nueva a partir de esos rasgos. Aunque el servicio no busque identificar a nadie, procesa características físicas con un método técnico específico; por eso la foto de otra persona, subida sin su permiso, entra en la zona de los datos sensibles sin base legal.
Quien trate datos biométricos debe informar el sistema usado, la finalidad, el período de uso y la forma de ejercer los derechos. Ese detalle es el que conviene buscar en la política de privacidad de cualquier servicio antes de crear una cuenta.
Riesgos y límites
- Vigencia: la ley rige desde el 1 de diciembre de 2026. Hasta entonces se aplica la Ley 19.628, que ya reconoce datos sensibles pero no nombra los biométricos ni cuenta con una autoridad fiscalizadora.
- Umbral técnico: no toda foto es dato biométrico. La calificación depende de que exista un tratamiento que permita identificar a la persona; un retrato en una galería personal no lo es por sí solo.
- Servicios extranjeros: muchas herramientas de la categoría operan fuera de Chile. Exigir acceso o supresión puede demorar; la vía es el canal de privacidad del servicio y, desde 2026, la Agencia.
- Ámbito administrativo: la ley protege datos y sanciona con multas. Si la foto se usó para crear y difundir una imagen íntima, la vía penal corre aparte por los artículos 161-C y 161-D del Código Penal.
- Esta entrada resume el texto oficial y no constituye asesoría legal.
En Chile: fotos ajenas y fotos propias
Subir la foto de otra persona a una herramienta de IA sin su consentimiento expreso será, desde diciembre de 2026, un tratamiento de datos sensibles sin base legal, fiscalizable por la Agencia de Protección de Datos Personales. Hoy ya es un tratamiento ilícito bajo la Ley 19.628, reclamable ante tribunales. Si el resultado es una imagen íntima difundida, se suma la denuncia penal ante la PDI o la Fiscalía, guiada paso a paso en violencia digital.
Para quien usa una herramienta con fotos propias, la categoría sensible da argumentos concretos: exigir el plazo de borrado, la finalidad declarada y la supresión de la cuenta y de los archivos al cerrarla. El sitio aplica ese estándar en su política de privacidad y explica el procedimiento en ejercicio de derechos.
Términos relacionados
- Ley 21.719 de datos personales: la norma completa, sus derechos y la Agencia.
- Consentimiento digital: el permiso libre, informado y específico que exige el tratamiento.
- Ley 21.459 de delitos informáticos: cuando la foto se obtuvo entrando a un celular o una cuenta ajena.
Herramientas relacionadas
En las reseñas del sitio la privacidad pesa 30 % del puntaje: revisamos qué datos pide cada servicio al registrarse, el plazo de borrado declarado y si el resultado queda accesible sin sesión. El catálogo con puntajes y fechas está en el catálogo de reseñas.
Preguntas frecuentes sobre datos sensibles y biométricos
¿Una selfie es un dato biométrico?
Es un dato personal si te identifica. Se vuelve dato biométrico cuando un sistema la procesa para reconocer o confirmar tu identidad, según el artículo 16 ter de la Ley 21.719.
¿Qué consentimiento exige la ley para datos sensibles?
Consentimiento expreso del titular, que la ley describe como libre, informado y específico. Las excepciones son las que la propia Ley 21.719 enumera; el silencio o una casilla premarcada no bastan.
¿Qué diferencia hay entre dato sensible y dato biométrico?
El dato biométrico es un tipo de dato sensible. Sensible es la categoría amplia del artículo 2, letra g; biométrico es el dato físico o conductual procesado técnicamente para identificar a una persona.
¿Desde cuándo se aplica esta categoría?
La Ley 21.719 rige desde el 1 de diciembre de 2026. Hasta entonces se aplica la Ley 19.628, que protege datos sensibles sin nombrar los biométricos y sin autoridad fiscalizadora.
¿Puedo pedir que borren mi foto de una herramienta?
Sí. El derecho de supresión permite exigir al responsable que elimine tus datos cuando no hay base legal para conservarlos. Envía la solicitud por su canal de privacidad y guarda copia.
Seguir leyendo
- Ley 21.719 de datos personales: qué regula, derechos y vigencia.
- Política de privacidad del sitio, alineada con la nueva ley.
- Privacidad al probar herramientas de IA: qué revisar antes de crear una cuenta.
- Denunciar una imagen íntima publicada o enlazada en este sitio.
Fuentes
- Biblioteca del Congreso Nacional — Ley N.° 21.719 (texto oficial, artículos 2, 12, 16 ter y disposiciones transitorias): bcn.cl.
- Biblioteca del Congreso Nacional — Ley N.° 19.628 sobre protección de la vida privada: bcn.cl.
- Biblioteca del Congreso Nacional — Ley N.° 21.153, artículo 161-C del Código Penal: bcn.cl.
- Biblioteca del Congreso Nacional — Código Penal (artículos 161-C y 161-D): bcn.cl.