Deepfakes y ley en Chile: lo vigente y lo pendiente
Deepfakes y ley en Chile explicados: qué artículos del Código Penal rigen hoy, qué cambia con la Ley 21.719 y qué proyectos siguen en trámite.
En Chile no existe una ley específica sobre deepfakes íntimos: el Boletín 17.795-19 fue aprobado en general el 23/07/2026 y sigue en trámite. Hoy rige el Código Penal: el art. 161-C (Ley 21.153) y el art. 161-D (Ley 21.675) sancionan difundir registros íntimos sin consentimiento, y la Ley 21.719 trata la cara como dato sensible.
Qué es un deepfake y por qué la ley lo trata aparte
Un deepfake es una imagen, un video o un audio sintético que imita a una persona real con tanta fidelidad que parece auténtico. En esta categoría, el caso típico es un desnudo falso creado a partir de una foto común con una herramienta de IA. El término se explica en el glosario: deepfake.
El problema jurídico es sencillo de enunciar y difícil de resolver: las normas penales chilenas sobre imágenes íntimas se escribieron pensando en registros captados con una cámara. Un desnudo sintético no se captó; se fabricó. Por eso tribunales y Congreso llevan dos años discutiendo si las normas vigentes alcanzan o si hace falta una figura nueva.
Lo que rige hoy: art. 161-C y 161-D del Código Penal
El art. 161-C, incorporado por la Ley 21.153 en 2019, sanciona captar imágenes de partes íntimas o de actos sexuales de una persona sin su consentimiento y, por separado, difundirlas. Su núcleo es la captación no autorizada; el resumen en lenguaje simple está en Ley 21.153.
El art. 161-D, incorporado por la Ley 21.675 el 14/06/2024, cierra un vacío: sanciona exhibir, enviar, difundir o publicar un registro íntimo «sin autorización expresa, independientemente de cómo se obtuvo». Es la norma vigente para el material que alguien entregó con confianza y otro difundió. Texto del Código Penal en BCN.
Ninguna de las dos habla de imágenes sintéticas. En la práctica, la Fiscalía puede investigar un deepfake íntimo por estas normas, por la Ley 21.459 de delitos informáticos si hubo acceso ilícito a una cuenta, o por amenazas y extorsión si las hubo. Cachar esa diferencia evita esperar una «ley de deepfakes» que hoy no existe.
Ley 21.719: la cara como dato sensible
La Ley 21.719 de datos personales se publicó el 13/12/2024 y entra en vigencia el 01/12/2026. Su art. 2 letra g) incluye los datos biométricos entre los datos sensibles, y una foto del rostro que sirve para identificar a alguien cae en esa categoría. El art. 12 exige que el consentimiento sea «libre, informado y específico».
Traducido: cargar la foto de otra persona en una herramienta de IA sin su consentimiento será, además de un posible delito, un tratamiento ilícito de datos sensibles, fiscalizado por la nueva Agencia de Protección de Datos Personales. Hasta diciembre de 2026 rige la Ley 19.628, más antigua y con menos dientes. Detalle en el glosario: Ley 21.719.
Deepfakes y ley en Chile: los proyectos en trámite
| Proyecto | Qué propone | Estado conocido |
|---|---|---|
| Boletín 17.795-19 | Deepfakes de imagen, cuerpo o voz de personas reales; multas de 5 000 a 10 000 UTM | Aprobado en general por la Cámara el 23/07/2026 (128 votos a favor, 2 en contra, 5 abstenciones); primer trámite |
| Boletín 13.928-07 | Delitos de violencia digital: difusión íntima, hostigamiento y doxing | Segundo trámite en el Senado |
| Boletín 17.618-19 | Sello «claro y rastreable» para contenido generado con IA | En trámite |
Estado verificado el 09/09/2026 en camara.cl y senado.cl. Ningún boletín crea delitos ni multas hasta su publicación en el Diario Oficial.
El Boletín 17.795-19, presentado por la diputada Gael Yeomans, tiene simple urgencia desde el 02/03/2026 y es el que más se cita en prensa: las multas propuestas, entre 5 000 y 10 000 UTM, se tradujeron en titulares de «hasta 760 000 dólares». Seguimiento en el glosario: Boletín 17.795-19.
El Boletín 13.928-07 va por otro carril: tipifica la difusión no consentida de contenido íntimo obtenido con consentimiento, el hostigamiento digital y el doxing. La prensa suele presentarlo como vigente; no lo es. Las figuras se explican en delitos de violencia digital.
Qué pasa hoy con un deepfake en un tribunal
El precedente chileno es el caso de un colegio de Vitacura en 2024, donde estudiantes crearon desnudos falsos de alumnas del mismo establecimiento y el conflicto llegó a la Corte de Apelaciones de Santiago. El caso mostró el vacío: había daño, había víctimas y la norma penal disponible estaba escrita para otro supuesto. Lo analizamos en caso Saint George's: qué cambió.
Ojo con una conclusión apresurada: que no exista una ley específica no significa que no pase nada. Los tribunales resuelven con las normas que tienen, la denuncia ante la PDI o la Fiscalía procede igual y la vía civil por daño existe. Los pasos concretos están en qué hacer si publican fotos tuyas alteradas y en la guía violencia digital.
Qué significa esto para quien usa una herramienta
Para las herramientas que reseñamos, la ley chilena marca una sola regla práctica: fotos propias o de personas adultas que dieron consentimiento explícito. Con una foto ajena, el usuario se expone hoy a los artículos 161-C y 161-D si difunde el resultado y, desde diciembre de 2026, al régimen de datos sensibles de la Ley 21.719 solo por cargarla.
Clothoff IA aplica esa regla en cada reseña y en el ranking de apps para desnudar fotos: las pruebas se hacen con fotos de control del equipo, nunca con imágenes de terceros. Si una imagen publicada o enlazada aquí te afecta, el canal es denunciar imagen íntima.
Preguntas frecuentes sobre deepfakes y la ley
¿Es delito hacer un deepfake en Chile?
No existe un delito específico vigente: el Boletín 17.795-19 sigue en trámite. Difundir el resultado sí puede sancionarse hoy por los artículos 161-C y 161-D del Código Penal, según el caso.
¿Qué ley castiga difundir un desnudo falso?
El art. 161-D (Ley 21.675, 2024) sanciona difundir registros íntimos sin autorización expresa; el art. 161-C (Ley 21.153) cubre imágenes captadas. Si hubo acceso a cuentas ajenas, suma la Ley 21.459.
¿Cuándo entra en vigencia la ley de deepfakes?
No hay fecha. El Boletín 17.795-19 fue aprobado en general el 23/07/2026 y está en primer trámite; falta la discusión en particular, el Senado y la publicación en el Diario Oficial.
¿Dónde denuncio un deepfake íntimo?
En la PDI Cibercrimen o en la Fiscalía, sin abogado, con capturas que muestren fecha y URL. Si la imagen está en este sitio, usa el formulario NCII o escribe a denuncia@clothoff.cl.
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- En el glosario: deepfake, Ley 21.153 y Boletín 17.795-19.
- Qué hacer si publican fotos tuyas alteradas: evidencia, denuncia y retiro.
- El sello IA que exigirá la ley: qué propone el Boletín 17.618-19.
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Artículo del Editorial Team de Clothoff IA. No sustituye asesoría legal; el estado de los proyectos se revisa en cada actualización. Correcciones: editorial@clothoff.cl.